El Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (Pro-Competencia) ha enviado a la Cámara de Diputados un informe con una serie de recomendaciones para modificar el proyecto de ley que modifica la Ley núm. 225-20, sobre gestión integral y coprocesamiento de residuos sólidos. Las recomendaciones buscan garantizar la prevalencia del principio de libre competencia y el derecho a la libertad de empresa, fundamentales para un mercado eficiente y justo.
Entre las principales recomendaciones de Pro-Competencia se destaca la necesidad de reconsiderar la estructura monopolística regional que establece el proyecto de ley. Proponen eliminar o modificar la disposición que limita a un único relleno sanitario por región, establecida en el artículo 130, párrafo II, y las restricciones detalladas en el artículo 133.
La presidenta del Consejo Directivo de Pro-Competencia, María Elena Vásquez Taveras, explicó que la disposición de un solo relleno sanitario por región impide a los municipios comparar la calidad del servicio recibido. Esto dificulta la identificación de ineficiencias o deficiencias operativas. Además, subrayó que depender de un único proveedor incrementa la vulnerabilidad del sistema ante posibles interrupciones operativas, afectando la capacidad de respuesta a incrementos significativos en la generación de residuos o emergencias ambientales.
“La obligación de los municipios de utilizar exclusivamente el relleno regional genera una relación de dependencia forzosa, sin alternativas legales disponibles”, señaló la presidenta de Pro-Competencia.
Vásquez Taveras también destacó que esta restricción configura un monopolio protegido por la ley, eliminando la competencia actual y potencial en el ámbito de la disposición final de residuos.
En su informe, Pro-Competencia también recomienda eliminar la condición que subordina la autorización de plantas de valorización a la instalación de rellenos sanitarios. Se sugiere modificar el artículo 116, párrafo I, para que las plantas de valorización puedan operar sin la obligación de instalar un relleno sanitario. Según el informe, esta exigencia es una barrera injustificada que contradice el principio de jerarquía en la gestión de residuos y limita la especialización eficiente. Las autorizaciones deberían basarse exclusivamente en criterios técnicos y ambientales propios de la actividad de valorización.
Además, Pro-Competencia propone eliminar las restricciones impuestas a las plantas de valorización existentes, recomendando la eliminación de la prohibición en el artículo 116, párrafo II, que impide a estas plantas operar en regiones con un relleno sanitario. Esta disposición afecta retroactivamente a los operadores establecidos, comprometiendo las inversiones realizadas y contraviniendo el derecho de los generadores de residuos a decidir sobre su gestión. En su lugar, la regulación debería establecer criterios técnicos específicos para el tratamiento de cada tipo de residuo, permitiendo que cualquier operador que cumpla con estos estándares pueda participar en el mercado.
El informe también plantea la reducción de la duración mínima de los contratos de operación, recomendando modificar el artículo 38, numeral 4, para que los plazos de los contratos de operación se ajusten a un periodo más razonable de 3 a 5 años, con la posibilidad de extensión basada en el cumplimiento de indicadores de desempeño predefinidos.
Pro-Competencia sugiere, igualmente, eliminar la discriminación contra las plantas de reciclaje de plásticos. Para ello, recomienda modificar el artículo 140, párrafo III, eliminando la exclusión específica de las plantas de reciclaje de plásticos del sistema de pagos del fideicomiso. Según el informe, esta discriminación carece de justificación técnica o económica y distorsiona el mercado de valorización. El marco regulatorio debería establecer criterios objetivos para determinar qué actividades califican para recibir pagos, sin discriminación arbitraria entre sectores que cumplen funciones equivalentes.
Finalmente, Pro-Competencia propone la realización de un estudio de impacto económico sobre los incrementos de contribuciones previstos en el artículo 36. Antes de implementar estos incrementos, se debe realizar un análisis integral que evalúe la capacidad contributiva real de los distintos segmentos del mercado, los efectos sobre la estructura competitiva y la efectividad del sistema para alcanzar los objetivos ambientales. Además, sugiere la consideración de un esquema de implementación gradual para facilitar la adaptación del mercado a las nuevas condiciones contributivas.
La presidenta de Pro-Competencia subrayó que las barreras propuestas en el proyecto de ley crearían un entorno hostil para la innovación y el emprendimiento en un sector que requiere constante evolución tecnológica para enfrentar los desafíos ambientales.
Sobre la facultad de emitir opiniones técnicas
De acuerdo con los artículos 14 y 31 de la Ley núm. 42-08, Pro-Competencia tiene la facultad de emitir informes de recomendaciones sobre proyectos de ley y otras normas que puedan afectar la competencia efectiva en los mercados. Este ejercicio es crucial para asegurar que las nuevas regulaciones incorporen principios que favorezcan la competencia y prevengan distorsiones en el mercado, contribuyendo a la creación de un marco normativo más sólido y eficiente.