Santo Domingo. El nuevo Código Penal dominicano contempla sanciones más severas para los delitos de difamación, injuria y difamación extorsiva, incluyendo penas de hasta 10 años de prisión, multas económicas y demandas por daños y perjuicios.
La legislación, identificada como la Ley 74-25, entraría en vigencia en agosto de 2026 y amplía el alcance de estos delitos a medios digitales, redes sociales, plataformas de streaming, radio, televisión y otros espacios electrónicos.
De acuerdo con el artículo 208, la difamación sería castigada con penas de 2 a 5 años de prisión menor y multas de entre 9 y 15 salarios mínimos del sector público. Mientras que la llamada “difamación extorsiva”, tipificada en el artículo 209, conllevaría sanciones de 5 a 10 años de prisión mayor y multas de hasta 20 salarios mínimos.
La normativa también establece posibles penas complementarias, entre ellas la suspensión o cancelación de licencias profesionales, cierre temporal o definitivo de medios utilizados para cometer la infracción y demandas civiles por daños y perjuicios.
Juristas y comunicadores han mostrado preocupación por el impacto que podrían tener estas disposiciones sobre la libertad de expresión, especialmente en plataformas digitales y medios de comunicación, donde las nuevas figuras penales tendrían un alcance más amplio.
