Informe Cuatrimestral de Indicadores de Gestión Enero-Abril 2024
Durante el primer cuatrimestre de 2024, se han solicitado 733 medidas de prisión preventiva ante el juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional. Este dato forma parte del informe cuatrimestral de Indicadores de Gestión, correspondiente al período enero-abril de 2024, remitido a la fiscal del Distrito Nacional, Rosalba Ramos Castillo, y a las fiscales Rosa Vólquez y Brenny Piña.
De estas medidas de coerción presentadas, el tribunal acogió el 49% de las solicitudes de los fiscales, quienes investigaron casos basados en denuncias, querellas y conocimientos directos. El informe destaca que el 98% de las solicitudes de medida de coerción realizadas por la Fiscalía del Distrito Nacional fueron para la imposición de prisión preventiva, contemplada en el artículo 226 del Código Procesal Penal.
Según Alvyn Núñez, encargada de la División de Estadísticas, el promedio mensual de solicitudes de prisión preventiva fue de aproximadamente 183, es decir, unas 8 diarias. Los jueces Kenya Romero, Fátima Veloz y Rigoberto Sena acogieron el 49% de estas solicitudes.
Principales Razones para la Prisión Preventiva
Las razones principales para solicitar prisión preventiva han sido la gravedad del hecho, la falta de arraigo y la incapacidad del imputado para ofrecer garantías de que se someterá al proceso. Los delitos más comunes relacionados con estas solicitudes incluyen vehículos robados, narcóticos, falsificaciones, crímenes contra la persona y la propiedad, asuntos internos y propiedad intelectual.
De las solicitudes presentadas, 257 fueron acogidas en su totalidad, 443 de manera parcial o con variaciones, y solo dos resultaron en libertad pura y simple.
Debate sobre el Uso de la Prisión Preventiva
La imposición de prisión preventiva ha generado un debate significativo entre los actores del derecho penal, quienes advierten sobre el abuso de esta medida. Proponen explorar otros mecanismos para reducir su uso y considerar vías alternas para la solución de conflictos, evitando la judicialización de todos los casos. Incluso, la procuradora general de la República, Miriam Germán Brito, se ha manifestado en contra del uso excesivo de la prisión preventiva.
Medidas de Coerción y Excepciones
El artículo 226 del Código Procesal Penal contempla siete medidas de coerción, de las cuales solo dos restringen la libertad del imputado: la prisión preventiva en un centro de corrección y la prisión domiciliaria. Estas medidas deben ser proporcionales al peligro que buscan prevenir, según el artículo 40.9 de la Constitución.
Las medidas cautelares, aplicables tanto a personas físicas como jurídicas, son instrumentos para garantizar la eficacia de un proceso y la correcta ejecución de una sentencia. Deben ser proporcionales, adecuadas y justificadas por indicios que respalden su adopción.